Todo lo que necesitas saber sobre el Real Decreto 1007/2023, la Orden HAC/1177/2024 y cómo afecta a tu facturación.
Desde julio de 2025, cualquier software de facturación vendido en España debe cumplir con el Reglamento SIF (Sistema Informático de Facturación). Y a partir de 2027, todos los autónomos y empresas estarán obligados a usarlo. Esta guía explica qué es exactamente Verifactu, qué cambia para ti y qué tienes que hacer.
Verifactu no es una aplicación ni un programa concreto. Es el nombre popular del Real Decreto 1007/2023, que establece los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier software de facturación en España. El nombre viene de "verificación de facturas" y hace referencia a la posibilidad de que la AEAT verifique en tiempo real las facturas emitidas.
Hay dos modalidades dentro del reglamento: el modo SIF sin envío (también llamado NO VERI*FACTU) y el modo VERI*FACTU con envío a la AEAT. Ambas son válidas y cumplen la normativa. La diferencia está en si envías tus registros de facturación a Hacienda en tiempo real o los guardas solo en tu cuenta.
Importante
El QR tributario es obligatorio en AMBAS modalidades. Tanto si envías a la AEAT como si no, todas tus facturas deben llevar un código QR con información fiscal.
Cualquier software de facturación que cumpla con la normativa debe garantizar cuatro cosas:
| Fecha | Quién | Qué |
|---|---|---|
| 29 julio 2025 | Desarrolladores de software | El software vendido debe ser SIF-compatible |
| 1 enero 2027 | Empresas (personas jurídicas) | Obligatorio usar un SIF homologado |
| 1 julio 2027 | Autónomos (personas físicas) | Obligatorio usar un SIF homologado |
Sanciones
El uso de software no certificado o que permita alterar facturas puede suponer multas de hasta 50.000 € por ejercicio. No esperes al último momento.
La principal diferencia entre las dos modalidades es si envías o no tus registros de facturación a la AEAT:
En Manfactury, el modo por defecto es SIF sin envío. Tus datos no se envían a Hacienda automáticamente. Si quieres activar VERI*FACTU, puedes hacerlo en cualquier momento desde Ajustes → Configuración AEAT.
Las facturas emitidas antes de la fecha de obligatoriedad no necesitan adaptarse. La normativa aplica solo a las nuevas facturas emitidas a partir de la fecha límite correspondiente a tu situación (empresa o autónomo).
¿Ya cumples?
Si usas Manfactury, ya cumples desde la primera factura. El hash SHA-256, el registro XML y el QR se generan automáticamente. Sin configuración extra.
Si tu empresa está incluida en el Suministro Inmediato de Información (SII) —generalmente grandes empresas con facturación anual superior a 6 millones de euros—, quedas excluido de esta normativa. Ya cumples con la AEAT por otra vía.
No. A partir de las fechas de obligatoriedad, está prohibido usar herramientas como Excel, Word o generadores de PDF manuales para emitir facturas. Necesitas un software homologado como Manfactury.
Si ya usas Manfactury, nada. Si todavía facturas con Excel o un programa que no cumple, es buen momento para hacer el cambio antes de que lleguen las fechas límite.
Este artículo es orientativo y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta siempre con tu asesor o gestor antes de tomar decisiones fiscales.
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